La inscripción de los Torneos de la Esports Arrecife Competition implica estar conforme con la Política de Privacidad, Términos y Condiciones, el Reglamento de Torneos así como ser residente en la isla de Lanzarote, o al menos residir durante la realización del evento, ser mayor de 18 años o rellenar el siguiente documento de autorización de menores en el momento de acudir al evento.
El 15 de Diciembre tu equipo se enfrentará a otros equipos en eliminatorias online (horarios a decidir entre tu equipo y los contrincantes). Si pasas las eliminatorias tu equipo se enfrentará presencialmente el 16 de Diciembre a partir de las 16:00h en el Centro Cívico de Arrecife a las semifinales. Si consiguen pasar te enfrentarás al equipo finalista presencialmente el 17 de Diciembre a partir de las 16:00h en el Centro Cívico de Arrecife. Para cualquier duda: info@esportsarrecife.com
La normativa está sujeta a cambios. Podrás consultar sus actualizaciones en esta web o hablando directamente con nuestros monitores cuando contactemos contigo.
EL TORNEO SE JUEGA CON MANDO DE PS4 QUE EL JUGADOR DEBE LLEVAR AL TORNEO
1.NORMATIVA TORNEO Fortnite
1.1. FORMATO 3vs3 MODO ARENA
1.A. 2 equipos de 3 jugadores, todos contra todos.
1.B.El torneo se jugará íntegramente presencial en su fase semifinal y final pudiendo existir eliminatorias online los días previos donde el formato sea modificado.
1.2.CLASIFICACIÓN Y PUNTUACIÓN.
1.2.A. La posición final en la partida la dictamina el juego mediante la suma de la puntuación de los miembros del equipo.
1.3. ANTES DEL
ENFRENTAMIENTO.
1.3.C. Será necesario llevar identificación (DNI) para poder acceder al recinto.
1.3.D. Si eres menor de edad deberás llevar este documento rellenado y firmado por
padre/madre/tutor. www.esportsarrecife.com/menores
1.3.E. Se otorgará un periodo de gracia de 15 minutos de cortesía desde la hora del encuentro para
que los participantes hagan el check-in antes de su descalificación final.
2.A.A. La normativa presentada a continuación sirve como herramienta auxiliar de la organización para establecer unas pautas, orden y jerarquía a la hora de la celebración de la acción, siendo de obligado cumplimiento por parte de los participantes.
2.A.B. Las decisiones e interpretaciones del equipo arbitral y administradores tendrán prevalencia sobre cualquier otro punto de la presente normativa.
2.A.C. La normativa, así como el formato, podrá ser objeto de modificaciones antes, durante y después de la acción en base a las decisiones del equipo arbitral, sin necesidad de previo aviso a los participantes. Esta modificación se justificará en la subsanación de errores de redacción, vacíos normativos, reestructuración de la acción, clarificación de puntos o solventar disyuntivas no contempladas hasta el momento.
2.A.D. El equipo arbitral y la normativa velarán siempre por el fair-play, la buena fe y el correcto desarrollo de la acción.
2.A.E. En caso de que existan puntos de la normativa contradictorios entre sí, se aplicará según el criterio y decisión del equipo arbitral, o en su defecto, se aplicará el menos perjudicial para el desarrollo de la acción.
2.B.A. Solamente podrán participar aquellas personas, que sean residentes en Canarias y que estén inscritas en la web oficial del evento, teniendo siempre preferencia aquellas personas residentes en el municipio en el que se realiza el torneo.
2.B.B. Ningún participante podrá inscribirse más de una vez, o participar con diferentes equipos o cuentas pero si en otros torneos.
2.B.C. No podrán participar en la acción:
Aquellos que tengan un baneo permanente (hecho probado e indiscutible) en alguna de sus cuentas de juego.
Aquellos que tengan restringida su participación en las acciones organizadas por Boncho Producciones o por las empresas colaboradoras. En estas restricciones se contemplan los baneos permanentes, temporales o específicos aplicados por el equipo arbitral.
Empleados de las empresas colaboradoras.
Participantes que por la naturaleza de su denominación (nick o gametag, nombre de equipo, imagen o denominativo) sean ofensivos o considerados inapropiados por la organización.
Aquellos NO residentes en Canarias.
2.B.D. La organización podrá cancelar la acción por causas sobrevenidas o por participación insuficiente para llevarla a cabo. La cancelación será notificada y justificada a los participantes inscritos hasta la fecha a través de los métodos de contacto, principalmente correo electrónico.
2.B.E. La participación es libre y gratuita.
2.B.F. La participación implica entender y aceptar estas normas, así como acatar los dictámenes del equipo arbitral.
2.C.A. Se entiende como método de contacto al canal oficial para el intercambio de información entre la organización y los participantes de la acción.
2.C.B. Son canales oficiales de comunicación:
Correo electrónico de contacto info@esportsarrecife.com
Discord del torneo www.toshigame.com/discord
2.D.A. Los menores de edad deberán contar con la autorización pertinente por parte de sus representantes legales para poder participar en la acción. No será necesaria ningún tipo de autorización si el menor cumple la edad antes del comienzo de la acción.
Cuando el padre, madre, tutor o representante legal da su conformidad para que el menor participe, acepta el tutelaje así como la responsabilidad derivada de todas las acciones, en todas las jurisdicciones, que lleve a cabo el menor en el marco de la acción. De igual manera tampoco podrá participar en acciones cuyo PEGI no esté recomendado para su edad, salvo que exista autorización expresa previa por parte de su representante legal.
2.D.B. Los menores de 18 años deberán contar con la autorización pertinente por parte de sus representantes legales para poder reclamar el premio de la acción. Si el menor cumple la mayoría de edad antes de que surja el derecho a premio, no será necesaria la autorización.
2.D.C. Se entiende como representante legal al padre, madre o tutor legal que goce de la custodia del menor.
2.D.E. En caso de ser menor de edad deberá rellenar el siguiente documento: https://www.esportsarrecife.com/menores y llevarlo el día del evento para entregárselo a la organización.
2.E.A. El premio del torneo corresponde a 200€ en material gaming.
2.E.B. Los premios se entregarán en un plazo aproximado de 120 días.
2.F.A. RESPONSABILIDAD Y POTESTAD DISCIPLINARIA
2.F.A.1. La responsabilidad de las infracciones recaerá íntegramente en el propio infractor, excepto en el caso de que el infractor sea representante de un equipo, en este caso la responsabilidad podrá ser repartida entre el resto de miembros del equipo y el propio equipo al que representan.
2.F.A.2. La responsabilidad podría ser atenuada, siempre según el criterio del equipo arbitral, en caso de que: a) existiera arrepentimiento inmediato; b) no hubiera sido sancionado con anterioridad; c) hubiera realizado una corrección suficiente de la infracción inmediatamente tras su acontecimiento; d) existan comportamientos dirigidos a demostrar la ausencia de dolo; e) sea probado de forma fehaciente y evidente la no intencionalidad.
2.F.A.3. La responsabilidad puede ser agravada, siempre según el criterio del equipo arbitral, en caso de: a) existiera reincidencia del infractor; b) el infractor haya sido sancionado anteriormente; c) en general comportamientos dirigidos a demostrar la existencia de dolo.
2.F.A.4. La responsabilidad podrá ser extinguida, siempre según el criterio del equipo arbitral, en caso de: a) el cumplimiento de la sanción; b) atenuamiento de la responsabilidad.
2.F.A.5. Cuando la infracción resulte en una falta o perjuicio económico para la organización, la responsabilidad indemnizatoria se repartirá de la misma manera que la responsabilidad infractora.
2.F.A.6. La potestad disciplinaria recaerá sobre los árbitros, cuya decisiones son inapelables en el mismo momento de su comunicación.
2.F.A.7. Las decisiones de los árbitros pueden ser recurridas al equipo arbitral, mediante el correo electrónico info@esportsarrecife.com suceso de forma motivada y aportando pruebas en todo caso.
2.F.A.8. Las decisiones recurridas serán revisadas por el equipo arbitral, que determinará una decisión final de acuerdo a los intereses de la propia acción, en base a la normativa, la disyuntiva acontecida y la motivación de la decisión recurrida.
2.F.A.9. El dictamen final será comunicado en un plazo de 12 a 48 horas.
2.F.B.1. Uso de ayudas externas. Uso de programas o modificaciones externas para beneficio propio, otorgando una ventaja sustancial sobre el resto de participantes (macros, scripts, cualquier software que inyecte código o modifique el correcto funcionamiento del juego)
2.F.B.2. Amaño de competición. Cualquier acción o intento de alterar el fairplay de la competición deliberadamente.
2.F.B.3. Abuso de bugs. El abuso de bugs de los juegos objeto de la acción, conocidos o no, de forma deliberada.
2.F.B.4. Suplantación o usurpación. En caso de que el engaño sea constitutivo de delito, se pondrá en conocimiento de las autoridades competentes.
2.F.B.5. Fraude. Intentar engañar a la organización de forma deliberada, en caso de que el engaño sea constitutivo de delito, se pondrá en conocimiento de las autoridades competentes.
2.F.B.6. No estar inscrito o registrado en la acción. No estar inscrito en la acción concreta o no estar registrado en la plataforma donde se desarrolla la misma.
2.F.B.7. “No-show” o incomparecencia. No hacer acto de presencia durante la acción, comprende también la ausencia de check-in cuando sea requerido por la normativa específica de la acción.
2.F.B.8. Desconexión intencional. Según criterio de la organización, las desconexiones intencionales para forzar el reinicio del encuentro u obtener algún tipo de ventaja atentando contra el fair-play.
2.F.B.9. Comportamiento indebido. Actitudes molestas, faltas de respeto, “spam”, “micspam”.
2.F.B.10. Desobediencia. Obedecer las decisiones de los árbitros (dentro del margen de la ley) es una obligación por parte de los participantes.
2.F.B.11. Cualquier acto de difamación en redes sociales hacia la acción, equipo arbitral, contrincantes, organización o empresas colaboradoras podrá conllevar medidas disciplinarias.
2.F.B.12. Los participantes de la acción que realicen publicaciones en sus redes sociales que puedan suponer un perjuicio a la organización o empresas colaboradoras podrán ser susceptibles de ser objeto de medidas disciplinarias, y en su caso, aquellas amparadas por la legislación.
2.F.B.13. Cualquier otra conducta determinada por el equipo arbitral o la normativa específica.
2.F.C.1. Se considera una infracción toda aquella acción u omisión en sus modalidades, que vulnere, impida o perturbe el normal desarrollo de la acción.
2.F.C.2. La organización se reserva la potestad disciplinaria, entendida como el derecho a asignar y aplicar tanto faltas como avisos a su propia discreción, así como también retirarlas, incluso si la infracción no está contemplada en la presente normativa.
2.F.C.4. La organización podrá sancionar de la siguiente forma:
Apercibimiento verbal («warn», advertencia, aviso).
Pérdida de partidos o puntos, en caso de acción donde exista puntaje. (Penalización)
Descalificación de una acción concreta. (Eliminación)
Restricción para participar en acciones futuras de forma temporal. (Baneo temporal)
Restricción para participar en acciones futuras concretas. (Baneos específicos)
Restricción para participar en acciones futuras, tanto presenciales como en las de carácter online, organizadas por Boncho Producciones y empresas colaboradoras. (Baneo total)
2.F.C.5. Un baneo permanente en las cuentas de juego, o aplicado por parte de la organización antes, durante o después de la acción significa la descalificación inmediata.
2.F.C.6. La descalificación supondrá la invalidación de la participación en la acción así como la pérdida del derecho a optar a premio, incluso habiendo finalizado la competición.
2.G.A. RETRANSMISIÓN DE PARTIDOS.
2.G.A.1. La organización y las empresas colaboradoras se reservan los derechos de emisión.
2.G.A.2. Se podrá realizar retransmisión en directo de la acción (streaming) siempre y cuando se cumplan los requisitos:
La organización no haga retransmisión oficial.
En el título de la retransmisión debe figurar el hastag oficial #esportsarrecife.
La retransmisión debe tener un delay suficiente que garantice el fair-play. Se establece de forma orientativa en 3 minutos, variable en función de las necesidades de cada acción y juego.
2.G.B. GRABACIÓN DE PARTIDOS.
2.G.B.1. Se pueden realizar grabaciones de la acción. Se permitirá su subida a redes sociales siempre y cuando en el título figure el hastag oficial #esportsarrecife
2.G.C RECURSOS GRÁFICOS.
2.G.C.1. Se pueden realizar grabaciones de la acción. Se permitirá su subida a redes sociales siempre y cuando en el título figure el hastag oficial #esportsarrecife
2.H.A. Los reportes a otros participantes deberán realizarse a través del correo electrónico info@esportsarrecife.com , explicando detalladamente qué infracción cometió y adjuntando pruebas (vídeos, screenshots o audios) que sirvan como refuerzo. No se aceptarán reportes sin ningún tipo de fundamento.
2.H.B. La organización analizará el reporte y dará un veredicto como máximo en las 24 horas posteriores tras su recepción.
2.H.C. Los reportes que no cumplan con el punto 3.E.A. serán desestimados, en caso de recibir un reporte sin pruebas o sin la explicación requerida se interpretará como “demanda frívola” y el participante que envíe el reporte podrá ser sancionado.
2.H.D. Las quejas y sugerencias deberán llegar a la organización mediante el sistema de soporte.
2.H.E. Si un participante desea recurrir una decisión arbitral, deberá hacerlo mediante el correo electrónico info@esportsarrecife.com, explicando detalladamente lo acontecido para que el equipo arbitral pueda revisar la disyuntiva.
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